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Resolución 1220 de 2010

Por la cual se establecen las condiciones y requisitos para la organización, operación y funcionamiento de los Centros Reguladores de Urgencias, Emergencias y Desastres, CRUE

Link que contiene la resolución.

Resolución 0107278 de 2012

Por medio del cual se crea el Crue del Departamento de Antioquia.

Link que contiene el Decreto

Ley 1523 de 2012

Por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastre y se establece el sistema nacional de gestión del riesgo de desastres y se dictan otras disposiciones.

Link que contiene el Decreto

Resolución 926 de 2017

Por medio del cual se reglamenta el desarrollo y operación del Sistema de Emergencias Médicas -SEM

Link que contiene la resolución

Resolución 4481 de 2012

Por la cual se adopta el Manual de Misión Médica y se establecen normas relacionadas con la señalización y divulgación de su Emblema

Link que contiene la resolución

Resolución 4747 de 2007

Por medio del cual se regulan algunos aspectos de las relaciones entre los prestadores de servicios de salud y las entidades responsables del pago de los servicios de salud de la población a su cargo, y se dictan otras disposiciones, entre las cuales se tienen:

  • Relación contractual entre las IPS y ERP
  • Obligatoriedad de una Solicitud de Autorización de Servicios de Salud – Anexos técnicos 2,3,9 y 10.
  • Tiempos de respuestas a las solicitudes y Anexo técnico N* 4.
  • Codificación de IAP en códigos CUPS y Diagnósticos en CIE 10

Link que contiene la Decreto

Resolución 3047 de 2008 ( Modificada parcialmente por Resoluciones 416/2009 y 4331/2012)

“Por medio de la cual se definen los formatos, mecanismos de envío, procedimientos y términos a ser implementados en las relaciones entre prestadores de servicios de salud y entidades responsables del pago de servicios de salud, definidos en el Decreto 4747 de 2007”

  • Anexo Técnico No. 1 Para el informe de posibles inconsistencias en las bases de datos de la ERP. EPSS y/o Ente Territorial.
  • Anexo Técnico No. 2 El informe de la atención inicial de urgencias.
  • Anexo Técnico No. 3 Solicitud para la realización de servicios posteriores a la atención inicial de urgencias y Electivos (Prioritarios y No Prioritarios)
  • Anexo Técnico No. 4 Para la respuesta de autorización de servicios urgentes y electivos ( Modificado por Resolución 4331 de 2012)
  • Anexo técnico no. 9 – Formato estandarizado de referencia de pacientes (implementado por Resolución 4331 de 2012)
  • Anexo técnico no. 10 - Formato estandarizado de contrarreferencia de pacientes (implementado por Resolución 4331 de 2012)
  • Anexo técnico no. 11 – Contenido de los avisos – Que obligatoriamente deben publicar las Entidades Responsables de Pago y los Prestadores de Servicios de Salud. Debe ser publicado en tipo cartel o similar (implementado por Resolución 4331 de 2012)

Link que contiene la resolución.

Resolución 4341 de 2012

Por medio de la cual se adiciona y modifica parcialmente la Resolución 3047 de 2008, modificada por la Resolución 416 de 2009

Link que contiene la resolución.
¿Qué es el CRUE?

“Es una unidad de carácter operativo no asistencial, responsable de coordinar y regular en el territorio de su jurisdicción, el acceso a los servicios de urgencias y la atención en salud de la población afectada en situaciones de emergencia o desastre”

Objetivo

“Gestionar el acceso a los servicios de salud de pacientes urgentes y electivos con criterios de oportunidad y pertinencia en el nivel de atención respectivo, en todo el departamento”

Población

En situaciones de Urgencias, Emergencias y Desastres:  Todo el departamento independiente del aseguramiento.

Demás atenciones en salud, el CRUE es un apoyo a todas las IPS previa gestión ante la EAPB, énfasis especial en la Población sin aseguramiento, migrantes y de régimen subsidiado

Ubicación

Aeropuerto Enrique Olaya Herrera
Carrera 67 # 1 B 15
Ciudad Medellín.
CON LA IMPLEMENTACION DE LA POLITICA DE PARTICIPACION SOCIAL EN SALUD - PPSS, EN EL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SE GARANTIZA EL DERECHO A PARTICIPAR EN SALUD
  
La Resolución 2063 de 2017, del Ministerio de salud y Protección Social, adopta y define para el país, la Política de Participación Social en Salud – PPSS, promoviendo el derecho de los ciudadanos a participar en la toma de decisiones, desde la identificación de necesidades y prioridades, hasta la formulación de planes y adopción de medidas, así como en la evaluación de los resultados en salud.
 
La garantía de la participación social respecto del derecho fundamental a la salud que se desarrolla mediante la PPSS, se fundamenta en los principios contenidos en las Leyes Estatutarias 1751 y 1757, ambas del 2015, y en la Ley 1438 de 2011. En armonía con lo anterior, el PDSP, enfatiza en la permanencia y el fortalecimiento de los mecanismos de participación social en los procesos de la planeación; es decir, en el análisis de la situación de salud, la identificación de las necesidades prioritarias, la identificación de los recursos, la definición de los objetivos, las metas, las estrategias y las acciones de promoción, gestión del riesgo, seguimiento y evaluación en cada una de las dimensiones prioritarias y transversales.

La PPSS busca dar respuestas a las problemáticas, necesidades, dificultades, oportunidades, limitaciones y debilidades que afectan la participación social en salud, en la perspectiva de dar cumplimiento a la realización del derecho humano de la participación, directamente vinculado al derecho a la salud (artículo 12 de la Ley 1751 de 2015, Estatutaria en Salud). De tal manera que, se convierte en referente para la organización de los procesos de participación social en salud, cuya finalidad consiste en fortalecer la participación de la ciudadanía en la toma de decisiones relacionadas con el goce efectivo del derecho a la salud.
 
Así mismo, establece acciones precisas orientadas a la ciudadanía y sus organizaciones sociales, en términos del desarrollo y fortalecimiento de capacidades para su empoderamiento, incidencia y apropiación de prácticas participativas en salud; planteando el reto de armonizar las relaciones entre Estado y la ciudadanía, como agentes corresponsables del Derecho a la Salud; perspectiva desde la cual, la gestión y planificación de la comunicación como proceso integrador, contribuye a la generación de condiciones que promueven el dialogo y la interacción a través de espacios y mecanismos de participación para el logro de los propósitos de la PPSS

Su desarrollo e implementación aplica a todos los integrantes del Sistema de Salud en el marco de sus competencias y funciones, e implica el desarrollo de cinco Ejes Estratégicos, treinta y tres Líneas de Acción y tres Estrategias Operativas, así:

participacion 1

La PPSS, se ha formalizado en Antioquia, a través de la Resolución 2020060108560 del 18 de agosto 2020; pretendiéndose así, abordar la deficiente participación de la ciudadanía en los procesos de gestión pública en salud en el territorio, en garantía de los derechos a participar y a la salud.
 
En su desarrollo, la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia, ejecuta el proyecto “Implementación de la Política de Participación Social en Salud – PPSS”, en el marco del Plan de Desarrollo “Unidos por la Vida” 2020-2023; Línea estratégica 4, Nuestra vida; Componente 4, Bienestar activo y saludable para la ciudadanía; Programa 2 Fortalecimiento de la Autoridad Sanitaria / Gobernanza; donde, mediante la asistencia técnica realizada a los actores del SGSSS, especialmente las Empresas Sociales del Estado ESE Hospitales y las Secretarías y Direcciones Locales de Salud presentes en el territorio departamental, durante el primer semestre del 2021, se han obtenido los siguientes resultados:

Avances de la implementación PPSS 2021 en el territorio antioqueño
 
Dentro de los avances del proceso de implementación de la PPSS en el territorio antioqueño, se tienen en cuenta aspectos como la expedición de actos administrativos de adopción de la PPSS y el reporte de la programación de la PPSS 2021 en la plataforma PISIS, por parte de las Secretarías y Direcciones Locales de Salud y las Empresas Sociales del Estado; encontrándose en el departamento la siguiente situación por subregiones:
Adopción de la PPSS a través de acto administrativo por parte de los actores por subregión:

participacion 2

Se presenta ha presentado oportuna respuesta por parte de los actores en salud, en el cumplimiento del cargue de programación del plan de acción de la PPSS en la plataforma PISIS, como ejercicio previo al proceso de implementación. Se logra respuesta positiva y significativa por parte de los actores.
 
En ambos casos, se observa como, los procesos a la fecha cuentan con grandes avances, acentuándose mas en las regiones de Nordeste y Valle de Aburra. Como impacto, se espera contar con una ciudadanía participando en los procesos de gestión pública en salud e incidiendo en las decisiones para el cumplimiento del derecho fundamental a la salud.

Para conocer más sobre los lineamientos de la Política de Participación Social en Salud, se pueden consultar:

Continuidad de la prestación de servicios de salud para la población no afiliada al sistema de salud de Antioquia
ods

 

 

En 2015, la ONU aprobó la Agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible, una oportunidad para que los países y sus sociedades emprendan un nuevo camino con el que mejorar la vida de todos, sin dejar a nadie atrás. La Agenda cuenta con 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible, que incluyen desde la eliminación de la pobreza hasta el combate al cambio climático, la educación, la igualdad de la mujer, la defensa del medio ambiente o el diseño de nuestras ciudades.

Desde la Secretaría seccional de salud se aporta al cumplimiento de los siguientes objetivos:

  • Fin de la pobreza
  • Hambre cero
  • Salud y bienestar
  • Igualdad de género
  • Agua limpia y saneamiento
  • Acción por el clima

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