La definición de caso sospechoso, probable, compatible o caso confirmado se hace con base en los criterios enunciados en el documento técnico.
Examen preocupacional
Para el reconocimiento preocupacional es necesario solicitar al trabajador que ingrese a las áreas de exposición los siguientes exámenes:
Hemoleucograma, sedimentación y extendido de sangre periférica (tipo V), componentes:
- Eritrocítico, incluye recuento de reticulocitos
- Leucocitario
- Plaquetario
- Hemoglobina
- Hematocrito
- Volumen corpuscular medio
- Hemoglobina corpuscular media
- Concentración media de hemoglobina corpuscular
- Urea, creatinina, BUN
- Bilirrubinas total y directa, fosfatasas alcalinas, Espermograma
- LH, FSH
- T3, T4, TSH
Declaración de no aptitud al examen de ingreso
- Menores de 18 años
- Mujeres en embarazo o lactantes
- Personas con nefropatía
- Personas con hepatopatía
- Neuropatía central
- Tuberculosis
- Dermatitis crónicas
- Quienes al hemograma presenten:
- Leucocitos menores de 4.000 o mayores de 15.000
- Neutrofilos menores de2.400
- Linfocitos menores de1.000
- Hematíes menores 3´500.000 o mayores de5´900.000
- Reticulocitos más del 2%
- Variaciones en el recuento de leucocitos, en exámenes repetidos, mayores del 10%.
Examen médico periódico
En los reconocimientos médicos periódicos, además de las exploraciones clínicas que el médico juzgue pertinentes, se realizará un estudio de hemograma completo y demás pruebas de laboratorio descritas en el examen preocupacional y se vigilarán también las enfermedades objeto de vigilancia.
- Los exámenes médicos periódicos serán anuales.
Si se presentan alteraciones (neutropenia, leucopenia, trombocitopenia) se retirará al trabajador de la exposición al riesgo y se hará control hematológico a los 25 días.
Si transcurrido un mes el análisis hematológico es normal, el trabajador podrá regresar a su sitio de trabajo; de lo contrario deberá mantener separado de la exposición hasta tanto se normalice su cuadro hemático.
Si los análisis de laboratorio son normales podrá regresar a su sitio de trabajo al completar el mes; de lo contrario hasta cuando los análisis de laboratorio sean normales.
En general, donde los exámenes anotados resulten alterados, a consideración del médico ocupacional, se puede realizar exámenes complementarios de tipo cromosómico, como el de intercambio de cromátides hermanas para detectar alteraciones a nivel de ADN.
Es importante tener en cuenta en el seguimiento la presentación de cuadros agudos o crónicos.
Examen médico de retiro
Se debe realizar el examen médico de retiro en el cual se consigne los hallazgos clínicos, los exámenes de laboratorio realizados al momento de retiro de la empresa, bien sea por pensión o porque cese el nexo laboral con la empresa.
Se debe de elaborar un resumen en la historia clínica de los datos clínicos y paraclínicos, en el momento en el cual un trabajador se retira de la empresa, con destino a una nueva vinculación laboral.
La historia clínica ocupacional de las personas expuestas a radiaciones ionizantes se deberán guardar en la empresa por un período de 40 años contados a partir del retiro del trabajador.