OBTENCIÓN DE LICENCIAS DE AMBULANCIAS

 
 

REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE LICENCIAS DE AMBULANCIAS.

(Artículo 5 Resolución 9279 de 1993)

Se debe cumplir con los requisitos exigidos en la Resolución 9279/83 y enviar a la DSSA la siguiente información:
Solicitud debidamente diligenciada.

Con la solicitud se anexan los siguientes documentos:

Relación completa del personal administrativo y los profesionales, auxiliares y técnicos que prestan el servicio en la ambulancia indicando nombres y apellidos completos, número de cédula y número de la resolución de la autorización para ejercer la profesión (Registro).

. Fotocopia de los diplomas del personal anteriormente indicado si lo requiere.

. Organigrama administrativo del servicio de ambulancia.

. Copia del acto administrativo que reconoce la personería jurídica si lo requiere

. Copia de los estatutos si la entidad es sin ánimo de lucro.

. Persona jurídica: certificado de la constitución y la representación legal

. Persona natural - (carácter de comerciante): registro comercial.

 
 

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